Está ya disponible para alquilar una agradable vivienda en planta baja con dos balcones que dan a un bonito jardín privado en pleno Chamberí. El piso consta de 3 dormitorios, recibidor, cocina, un baño y un amplio salón. El suelo es de parquet y las ventanas, de aluminio. Dispone de aire acondicionado y calefacción individual por gas. Se alquila sin amueblar, pero adjuntamos fotos con la decoración de los últimos inquilinos: SALÓN
He consultado el blog de enalquiler.com y he encontrado esta serie de consejos que nos pueden resultar muy útiles y que transcribo a continuación:
Los 10 consejos jurídicos que todo inquilino debería conocer antes de alquilar piso
1. CONOCE A TU CONTRAPARTE
Un arrendamiento es una relación a
largo plazo, donde cada una de las partes tiene derechos y obligaciones
(nunca hay unos sin los otros) durante toda la vigencia del contrato.
Por ello, el factor humano es muy importante, y la sensación personal que te cause tu contraparte es uno de los filtros más importantes que puedes tener.
2. ¿QUÉ DICE LA LEY?
Al igual que para los arrendadores, es imprescindible
para los arrendatarios conocer las disposiciones de la LAU, de tal
forma que sean conocedores de los derechos y obligaciones que vienen en
la Ley. No te fíes de los comentarios de amigos y conocidos, ya
que hay muchas “leyendas urbanas” sobre lo que se puede y no se puede
esperar de un arrendamiento. Asegúrate de que tanto tú como el
arrendador conocéis el régimen aplicable. Nunca está de más incluir en
el contrato regulaciones que son obligatorias por Ley, porque así las
partes la tienen “más a mano”, tales como la obligación del arrendador de depositar la fianza
(necesario para aplicar determinadas deducciones autonómicas).
3. CONOCE TUS OBLIGACIONES
El arrendatario
de vivienda tiene más obligaciones aparte del pago de la renta, entre
las que destacan las obligaciones de conservación de la vivienda y
reparación de determinadas averías y desperfectos
(especialmente aquellos causados por su culpa). Aunque muchos
arrendatarios tengan esa impresión, alquilar una vivienda no es estar en
un hotel donde al menor desperfecto puedes llamar a un “manitas” que te
lo arregle sin coste alguno: hay cosas que debe arreglar el
arrendatario. Además de esas obligaciones, los contratos pueden
establecer otras obligaciones y/o limitaciones que tienen que cumplirse a
lo largo de la vida del contrato: asegúrate de que puedes cumplirlas
todas.
4. ¿ME PUEDE ALQUILAR?
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, asegúrate de que la persona con la que contratas puede arrendarte el inmueble.
En caso de que no conozcas al propietario y estés tratando con un
intermediario que va a firmar, será necesario que te justifique su
capacidad para firmar el arrendamiento (aunque sea el hijo de la dueña). Para
comprobar la propiedad del inmueble, puedes pedir una nota simple
registral, bien físicamente en el Registro de la Propiedad
correspondiente o bien por Internet (www.registradores.org).
La nota simple, con un coste de unos 9 €, te dirá quién/quiénes son los
propietarios inscritos y si la vivienda tiene otras cargas que puedan
afectar a tu arrendamiento (hipotecas, embargos, etc.)
5. NO DES DINERO SIN FIRMAR UN DOCUMENTO QUE ENTIENDAS
Ésta es sin duda una de las cuestiones más peliagudas. Un simple recibo de una cantidad no sirve como base para conocer el concepto jurídico en que se han entregado dichas cantidades. Es
muy importante saber a quién, para qué y en qué concepto haces los
pagos. Por ello, lo mejor es firmar un documento donde se recoja
expresamente a quién se paga, qué importe se paga, en qué concepto y qué
pasará si alguna de las partes se echa atrás e, incluso, qué pasará si
se llega a firmar el contrato (si se aplica al pago de la renta, si es
el pago a la inmobiliaria, etc.)
6. ¿QUIÉN PAGA A LA INMOBILIARIA?
Si
al llamar para preguntar por un inmueble te contesta una inmobiliaria,
asegúrate de conocer qué obligaciones vas a asumir frente a ellos, ya que suele ser habitual que el arrendatario pague parte o todos los honorarios de la inmobiliaria en un arrendamiento. Además,
pide que te expliquen claramente los servicios que prestan. Aunque sea
habitual que las inmobiliarias faciliten un modelo de contrato de
arrendamiento, no suelen prestar asesoramiento jurídico, y su
intervención finaliza con la firma del contrato, por lo que una vez
firmado el contrato tendrás que tratar directamente con el propietario.
7. REVISA EL INMUEBLE ANTES DE FIRMAR
Antes
de firmar el contrato de arrendamiento, revisa el inmueble con el
arrendador, busca los defectos y cosas que haya que arreglar. Si hay fotos o un anexo con los bienes que se arriendan, revísalo y asegúrate de que está actualizado. Si
hay cosas que quieres que se modifiquen, retiren, arreglen, etc. pídelo
antes de firmar el contrato y asegúrate de que se incorpora al
contrato.
8. NEGOCIA EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Aunque
estemos poco acostumbrados, no debemos olvidar que un arrendamiento no
es un contrato de adhesión, como cuando contratas el teléfono o la luz.
Estás tratando con una contraparte que es igual que tú, por lo que puedes (y debes) negociar los términos del arrendamiento. De esta forma cada parte tendrá más información de la otra y más claras sus obligaciones en relación con el contrato. Aunque
parezca que es muy sencillo, un arrendamiento tiene muchas
implicaciones distintas y, a pesar de que la Ley obliga en determinados
aspectos, todavía hay muchas otras cuestiones que se pueden regular de
distinta forma dentro de los límites legales (plazo del arrendamiento,
indemnización por desistimiento, actualización de la renta, distribución
de gastos, condiciones de devolución, etc.).
9. DEJA CONSTANCIA DE LOS ACUERDOS POR ESCRITO
Todos los acuerdos deben constar por escrito y por duplicado (una copia para cada parte).
Asegúrate de que lo que está escrito en el contrato es lo que habéis
acordado, ni más, ni menos. Si no está escrito, te resultará mucho más
difícil reclamarlo.
10. CONSULTA A UN ABOGADO ESPECIALISTA
Por último, el consejo jurídico más importante: Si tienes cualquier duda, acude a un abogado especialista antes de arrendar una vivienda.
Una consulta de este tipo no es cara y puede ayudarte a saber
exactamente en qué te metes y ayudarte a evitar problemas futuros. Además,
es aconsejable que le pidas que redacte un contrato de arrendamiento
adaptado a tu caso concreto y en el que cubra especialmente tus
preocupaciones dentro de los límites legales. No es aconsejable
utilizar modelos bajados de internet o contratos preparados por no
juristas: Utilizar un contrato bajado de internet es, en términos
jurídicos, el equivalente médico a fiarse de un diagnóstico por Internet
rellenando un formulario con los síntomas. Consultando a un
abogado especialista, te asegurarás de que conoces todas las
implicaciones del arrendamiento, y tendrás un contrato que se adapte a
tus necesidades, evitando futuros problemas. Siempre es mucho más fácil
(y barato) evitar un problema que tener que solucionarlo.